Términos y condiciones de préstamos para Vendedores

Última actualización: 9 de junio de 2023.

Este documento establece los términos y condiciones generales (las “Condiciones Generales”) de la relación jurídica que se celebra entre MercadoLibre S.R.L., CUIT 30-70308853-4, con domicilio en Av. Caseros 3039, Piso 2, CP C1264AAK, C.A.B.A., República Argentina (“Mercado Pago”) y un usuario vendedor (el “Vendedor”) registrado en las plataformas brindadas por Mercado Pago en www.mercadolibre.com.ar y/o en www.mercadopago.com.ar y/o en las aplicaciones de dispositivos móviles de Mercado Pago (las “Plataformas”), al que Mercado Pago le ofrezca y/o le otorgue un préstamo de dinero (el “Vendedor” y el “Préstamo”, respectivamente) en base a sus políticas crediticias, comerciales y de riesgo.

El Préstamo ofrecido u otorgado por Mercado Pago al Vendedor está sujeto a estas Condiciones Generales, y a los términos y condiciones particulares relativos a cada Préstamo particular (las “Condiciones Particulares”).

El Vendedor se compromete a leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en las Condiciones Generales y en las Condiciones Particulares así como en los demás documentos incorporados a los mismos por referencia, en forma previa y simultánea, según corresponda, a la celebración del Préstamo, optando de forma expresa por recibir los mismos y toda otra información por medios electrónicos.

Las Condiciones Particulares incluyen:

  • El importe del Préstamo en moneda de curso legal en Argentina (el “Importe del Préstamo”);
  • El régimen de pago del Préstamo (el “Régimen de Pago”), que incluye: las cuotas (las “Cuotas”), la cantidad de Cuotas, su importe, forma de pago y el plazo de vencimiento de cada Cuota (el “Vencimiento”);
  • Los intereses compensatorios y los punitorios (los “Intereses Compensatorios” y los “Intereses Punitorios”, respectivamente); y
  • Los cargos, comisiones y gastos que sean de aplicación (los “Cargos y Comisiones”).

Las Condiciones Particulares se encuentran establecidas en la oferta de préstamo que Mercado Pago emite y dirige al Vendedor (la “Oferta de Préstamo”).

El Vendedor reconoce que la solicitud, aceptación u obtención del Préstamo implica la aceptación de estas Condiciones Generales y demás documentos incorporados a ellas, así como de las Condiciones Particulares (en adelante, en conjunto, denominados el “Contrato”). El Vendedor acepta que sus derechos y obligaciones en relación con el Préstamo se rijan por el Contrato.

 

  1. Oferta y aceptación del préstamo

La Oferta de Préstamo es emitida por Mercado Pago y dirigida al Vendedor a través de distintos canales online. Solo es válida para el Vendedor destinatario de la Oferta de Préstamo, no puede ser cedida o delegada y sólo estará disponible por el espacio de tiempo que Mercado Pago determinará a su solo criterio. 

La Oferta de Préstamo estará vigente durante el plazo indicado en dicha Oferta de Préstamo. Si durante ese plazo Mercado Pago tomara conocimiento de algún cambio en la situación del Vendedor que volviera incierta la restitución del Préstamo, y/o si existieran razones que tornaren incierta la identidad y/o la legitimidad del Vendedor solicitante del Préstamo, Mercado Pago podrá dejar sin efecto la Oferta de Préstamo y/o negarse a entregar el Importe del Préstamo, sin necesidad de notificación, ni de indicar las razones y sin penalidad alguna.

A los fines de la aceptación del Préstamo, el Vendedor deberá acceder a cualquiera de las Plataformas mediante el ingreso de su dirección de e-mail y clave de ingreso personal en las Plataformas. El Vendedor es el único y exclusivo responsable por todas las operaciones efectuadas con su dirección de e-mail y clave de ingreso en las Plataformas. El Vendedor se obliga a mantener la confidencialidad de su clave de ingreso. En caso de cualquier uso no autorizado de su clave de ingreso, así como del ingreso o de intentos de ingreso por terceros no autorizados a la misma, el Vendedor se compromete a notificar a Mercado Pago en forma inmediata y por medio idóneo y fehaciente.

La aceptación por parte del Vendedor de la Oferta de Préstamo y de estas Condiciones Generales se manifiesta y perfecciona al hacer “clic” en el botón “Quiero este préstamo”, “Aceptar el Préstamo” o “Sacar Préstamo” (o nombre o denominación similar que se le otorgue en un futuro) que se encuentra disponible en las Plataformas (en adelante, la “Aceptación”).

 

  1. Préstamo

El Importe del Préstamo deberá ser aplicado por el Vendedor para capital de trabajo, incluyendo pero no limitado al desarrollo de su negocio online.

El Importe del Préstamo será el que se establece en las Condiciones Particulares.

 

  1. Desembolso del Préstamo

Una vez perfeccionado el Préstamo en virtud de la Aceptación por parte del Vendedor, Mercado Pago procederá a desembolsar el Importe del Préstamo en moneda de curso legal en Argentina en la Cuenta Mercado Pago del Vendedor dentro de los 2 días hábiles desde la Aceptación.

El desembolso se realizará exclusivamente mediante la acreditación del total del Importe del Préstamo como fondos disponibles en la Cuenta Mercado Pago del Vendedor. El Vendedor consiente expresamente la utilización de la Cuenta Mercado Pago como la forma exclusiva para el desembolso.

El Préstamo se considera otorgado el día en que se encuentren acreditados los fondos en la Cuenta Mercado Pago del Vendedor.

 

  1. Intereses Compensatorios

El Préstamo devengará Intereses Compensatorios calculados de acuerdo a la tasa fija nominal anual (“TNA”) y a la tasa efectiva anual (“TEA”) que se establecen en las Condiciones Particulares sobre el Importe del Préstamo. Los Intereses Compensatorios se encuentran alcanzados por el impuesto al valor agregado, a cargo del Vendedor.

El costo financiero total efectivo anual (“CFTEA”) se expone en las Condiciones Particulares.

Sistema de amortización: sistema francés con cuota final fija.

 

  1. Pago del Préstamo

El Vendedor deberá pagar el Préstamo a Mercado Pago de acuerdo con el Régimen de Pago establecido en las Condiciones Particulares. El pago se realizará en moneda de curso legal en Argentina.

Las Cuotas serán iguales y consecutivas, por el importe que se disponga en las Condiciones Particulares. El importe de las Cuotas comprenderá los Intereses Compensatorios que el Vendedor debe pagar a Mercado Pago, en cada Vencimiento, el impuesto al débito y crédito, de corresponder, y el impuesto al valor agregado.

El pago se realizará: (i) debitando -total o parcialmente- el importe de las Cuotas de los fondos disponibles en la Cuenta Mercado Pago del Vendedor y/o en otra(s) Cuenta(s) Mercado Pago que, a criterio razonable de Mercado Pago, sea considerada una cuenta relacionada a la Cuenta Mercado Pago del Vendedor (en adelante la “Cuenta Relacionada”); y/o (ii) por cualquier otro modo de pago que Mercado Pago determine y comunique al Vendedor a dicho efecto. Mercado Pago considerará que una Cuenta Mercado Pago de un tercero es una Cuenta Relacionada a la del Vendedor cuando ambas cuentas compartan un atributo, o más, que razonablemente hagan suponer que existe un uso operacional conjunto de las cuentas y/o que denoten una el conocimiento operacional de la otra, y/o que el uso de una o ambas cuentas tenga como fin evadir obligaciones que pudieran recaer sobre la otra. En aquellos casos en los que el importe de las Cuotas se haya generado en una Cuenta Relacionada, el tercero titular de dicha Cuenta Mercado Pago deberá justificar, en su caso, que no se trata de Cuentas Relacionadas. Sin perjuicio de esto último, la determinación de la existencia de Cuentas Relacionadas queda sujeta al criterio único, exclusivo y razonable, de Mercado Pago.

A estos efectos, el Vendedor autoriza expresa e irrevocablemente a Mercado Pago a debitar de su Cuenta Mercado Pago, de la(s) Cuenta(s) Mercado Pago Relacionada(s) el importe -total o parcial- de las Cuotas a su Vencimiento conforme lo establecido precedentemente, y de acuerdo al orden de imputación previsto en la Cláusula 8.2., como así también cualquier otra suma adeudada bajo el Préstamo incluyendo, sin limitación, el Importe del Préstamo, los Intereses Compensatorios, los Intereses Punitorios, el impuesto al valor agregado, y cualesquiera otros Cargos y Comisiones, en cualquier momento si el Vendedor incurriera en mora. A esos fines, el Vendedor se obliga a mantener en su Cuenta Mercado Pago fondos suficientes para que el débito se pueda realizar.

El Vendedor reconoce el derecho de retención a favor de Mercado Pago respecto de la totalidad de los fondos acreditados en su Cuenta Mercado Pago y en la(s) Cuenta(s) Mercado Pago Relacionada(s) y, en consecuencia, la facultad de Mercado Pago de aplicar las sumas retenidas al pago del Préstamo y/o de cualquier otra suma adeudada a Mercado Pago bajo el Préstamo, incluyendo sin limitación a los Intereses Compensatorios, los Intereses Punitorios, el impuesto al valor agregado y cualesquiera otros Cargos y Comisiones, en caso de incumplimiento a cualesquiera de las obligaciones del Vendedor. En caso de concurso y/o quiebra del Vendedor, será de aplicación lo dispuesto por el artículo 241, inc. 5 de la Ley Nº 24.522.

En caso de que hubiera más de una Cuota vencida, y el Vendedor cancela de manera parcial la suma adeudada, la cancelación parcial se realizará de conformidad con los siguientes criterios:

Entre dos o más Cuotas, el importe se imputará a la Cuota de mayor antigüedad; y en caso de que hubiera más de una un Préstamo con Cuotas vencidas con la misma antigüedad, el monto se imputará de las Cuotas de menor a mayor cuantía.

 

  1. Cancelación Anticipada. 

El Vendedor podrá pagar voluntariamente y en forma anticipada el Importe del Préstamo, en forma total o parcial, por los mismos medios y modalidades previstos en la Cláusula 5 precedente imputando dicho pago, aplicando los montos a la cancelación en el orden previsto en la cláusula 8.2 de estos Términos y Condiciones y sin que ello le otorgue derecho a un descuento y/o beneficio adicionales de ningún tipo. 

Para  realizar una cancelación anticipada parcial, el monto a pagar debe coincidir con el importe de cada cuota a cancelar, es decir, no se podrá cancelar anticipadamente por un monto distinto al valor de una o más cuotas, de forma exacta, salvo que Mercado Pago lo autorice al momento de realizar la operación.   

Una vez realizada la cancelación anticipada, Mercado Pago podrá modificar la fecha de Vencimiento y/o valor o composición de las Cuotas pendientes a saldar previa notificación al Vendedor y comunicando la nueva fecha en las Condiciones Particulares.

 

  1. Vigencia

El Contrato estará vigente hasta el cumplimiento íntegro de las obligaciones a cargo del Vendedor y se entenderá cumplido cuando el Vendedor haya efectuado el pago total del Préstamo, y haya pagado la totalidad de cualesquiera Intereses Compensatorios, Intereses Punitorios, Cargos y Comisiones, impuestos y otras sumas adeudadas a Mercado Pago bajo el Contrato.

 

  1. Mora

8.1. La mora se producirá de pleno derecho en forma automática al Vencimiento de cualquier Cuota, conforme las fechas establecidas en el cronograma de cancelación de Cuotas informado en las Condiciones Particulares, si ésta no hubiera sido cancelada a esa fecha en su totalidad. En caso de mora, el Vendedor deberá abonar a Mercado Pago un interés punitorio (el “Interés Punitorio”), cuya tasa será por  el equivalente a dos veces la TNA establecida en las Condiciones Particulares. Los Intereses Punitorios se devengarán sobre saldos impagos desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago. Los Intereses Punitorios se encuentran alcanzados por el impuesto al valor agregado, a cargo del Vendedor.

8.2. Cualquier suma que Mercado Pago perciba del Vendedor que se encuentre en mora, será imputada a la cancelación a cuenta de las sumas adeudadas por los diferentes conceptos en el siguiente orden: en primer lugar, al pago de los eventuales Cargos y Comisiones, incluyendo los costos impositivos que pudieran corresponder; en segundo lugar, a la cancelación de los Intereses Punitorios; en tercer lugar, a la cancelación de los Intereses Compensatorios; y, en cuarto lugar, al pago del capital del Préstamo. 

8.3. Los conceptos adeudados por el Vendedor a raíz de la mora sólo podrán considerarse extinguidos mediante un recibo de pago emitido por Mercado Pago, con referencia explícita a dichos conceptos, expresado en la sección “Movimientos de cuenta” de la Cuenta de Mercado Pago del Vendedor

8.4. Mercado Pago podrá percibir del Vendedor Cargos y Comisiones por acciones y gestión de cobranza, incluido el impuesto al valor agregado (IVA) sobre los mismos, en aquellos casos en que el Vendedor esté en mora y dicha mora hubiera generado la necesidad de Mercado Pago de realizar acciones de gestión de cobranza del Préstamo adeudado. Los Cargos y Comisiones serán aplicados de acuerdo al detalle consignado en el Listado de Cargos y Comisiones.

Se deja expresa constancia, que los valores correspondientes a los Cargos y Comisiones expresados en el mencionado listado, podrán ser modificados de tiempo en tiempo, lo cual será notificado electrónicamente al Vendedor con la debida antelación. Además, Mercado Pago informará la calificación crediticia que corresponda y podrá realizar un informe negativo de su situación ante el Banco Central de la República Argentina, y como así también a entidades de crédito y financieras.

8.5. Mercado Pago podrá ofrecerle al Vendedor quitas, esperas y/o prórrogas sobre las Cuotas adeudadas y que determine Mercado Pago, a su exclusiva discreción (la “Oferta de Refinanciación”). La Oferta de Refinanciación sólo estará vigente y podrá ser aceptada por el Vendedor dentro del plazo indicado en la misma, mediante el pago por parte del Vendedor de la Cuota y/o del monto refinanciado. En caso de ser aceptada, regirán las condiciones particulares previstas en la Oferta de Refinanciación. En ningún supuesto, la aceptación de la Oferta de Refinanciación constituirá novación. Las Cuotas y/o los importes que no se encontraren alcanzados por la Oferta de Refinanciación continuarán devengando los Intereses Compensatorios, Intereses Punitorios, los Cargos y Comisiones que correspondan. El Vendedor podrá acceder al detalle de su deuda en la sección de  préstamos de su Cuenta Mercado Pago.

 

  1. Resolución

En cualquiera de los casos que se establecen a continuación, el Préstamo será automáticamente considerado de plazo vencido por parte de Mercado Pago sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna (en adelante, los “Supuestos de Incumplimiento”). En tal caso, el Préstamo, los Intereses Compensatorios, los Intereses Punitorios, los Cargos y Comisiones, costos impositivos, y cualesquiera otras sumas debidas a Mercado Pago bajo el Contrato, se considerarán íntegramente debidos y exigibles acelerándose los plazos y pudiendo Mercado Pago, en consecuencia, exigir el pago íntegro de los mismos y proceder a su débito conforme lo dispuesto en la Cláusula 5:

(i) En caso de cesión por parte del Vendedor de sus obligaciones y derechos bajo el Contrato y/o su posición contractual bajo el Contrato.

(ii) En caso de incumplimiento del Vendedor en el pago de dos (2) Cuotas consecutivas del Préstamo a su vencimiento.

(iii) Si el Vendedor solicitare su concurso preventivo o quiebra, o si proviniendo de un tercero el pedido de quiebra, el Vendedor no levantara dicho pedido de quiebra dentro de los 5 días hábiles judiciales, o si el Vendedor ordenara o aprobara una medida que efectivice una resolución de liquidación o disolución del Vendedor.

(iv) En caso de que cesara la totalidad o una parte sustancial de la actividad comercial o estado de insolvencia del Vendedor.

(v) Si el Vendedor ejecutara conductas que razonablemente hicieran previsible el incumplimiento por parte del Vendedor de cualquiera de sus obligaciones bajo estas Condiciones Generales y/o bajo las Condiciones Particulares.

(vi) Si el Vendedor incumpliera total o parcialmente y/o se encontrare en mora en el cumplimiento de cualquier otra obligación asumida frente a Mercado Pago (incluyendo, pero no limitado a, mora en cualquier otro producto crediticio vigente del Vendedor, los Términos y Condiciones de Mercado Pago, y los Términos y Condiciones de Mercado Libre).

(vii) Si el Vendedor tuviera conductas que hicieran presumir razonablemente una actuación fraudulenta y/o no ajustada a derecho; y/o si el Vendedor hubiera iniciado un reclamo o acción legal o administrativa contra Mercado Pago por cuenta propia y/o por cuenta de terceros; y/o si suspendiera y/o diera de baja sus ventas intempestivamente; y/o si hubiera sospechas razonables de que el Vendedor opera a través de una Cuenta Mercado Pago Relacionada y/o si el Vendedor hubiera incurrido en conductas o actos dolosos o fraudulentos para obtener cobertura del Programa de Protección al Vendedor, todo ello de conformidad con las condiciones generales del Programa de Protección al Vendedor. 

(viii) Si el Vendedor hubiera incurrido en falsedad, inexactitud u omisión material, con culpa o dolo, respecto de la información provista a Mercado Pago.

(ix) Cualquier supuesto en que el Vendedor hubiera solicitado el cierre de su Cuenta Mercado Pago mientras continúe vigente el Préstamo, debiendo permanecer dicha Cuenta abierta hasta la total cancelación de todos los montos adeudados bajo el Préstamo.

Mercado Pago se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente la Cuenta Mercado Pago de titularidad del Vendedor, sin necesidad de notificación previa, ante la ocurrencia de cualquiera de los Supuestos de Incumplimiento referidos precedentemente.

 

  1. Responsabilidad

El Vendedor deberá indemnizar a Mercado Pago por todos los daños y perjuicios ocasionados como resultado de la provisión de información falsa o del incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones previstas en este Contrato, incluyendo todos los gastos y honorarios que origine, en caso de mora, su cobranza judicial o extrajudicial.

Mercado Pago no garantiza el acceso y uso continuado o ininterrumpido de las Plataformas, que puedan eventualmente no estar disponibles debido a dificultades técnicas o fallas de Internet o por cualquier otra circunstancia, incluso ajena a Mercado Pago. El Vendedor no podrá imputarle responsabilidad alguna a Mercado Pago, ni exigir resarcimiento alguno, en virtud de perjuicios resultantes de las mencionadas dificultades, incluso en el caso que dichas fallas afecten los montos que deban ser acreditados en o debitados de su Cuenta Mercado Pago por motivo del Préstamo.

Mercado Pago no será responsable por ningún daño ocasionado por fallas en el funcionamiento de los servicios electrónicos y los servicios de comunicación electrónica, incluyendo el envío de la Oferta de Préstamo y la aceptación por parte del Vendedor.

Mercado Pago y sus sociedades relacionadas no serán responsables por las conductas del Vendedor que se originen o vinculen con información contenida en correos electrónicos falsos o que aparenten provenir de Mercado Pago que sean enviados por terceros sin relación con Mercado Pago ni sus sociedades relacionadas; como así tampoco responderán por las consecuencias dañosas de tales conductas, ni por la circulación de los mencionados correos electrónicos falsos.

En efecto, se deja expresa constancia que en ningún caso Mercado Pago le pedirá al Vendedor que ingrese o envíe su clave de acceso o datos de sus cuentas por sms, correo electrónico o teléfono.

 

  1. Disposiciones Generales

11.1. Cesión: el Vendedor no podrá ceder los derechos y/u obligaciones bajo el presente Contrato ni su posición jurídica en el Contrato. Cualquier cesión realizada en violación a esta norma será inválida e inoponible a Mercado Pago. Mercado Pago podrá ceder los derechos y/u obligaciones y/o su posición jurídica en el Contrato sin necesidad de notificar al Vendedor o de obtener su consentimiento. Asimismo, todos los créditos de titularidad de Mercado Pago originados en el Préstamo (y/o en cualquier concepto relacionado con el Préstamo), podrán ser cedidos total o parcialmente por Mercado Pago en los términos de los artículos 70 a 72 de la Ley 24.441 (y cualquier norma que la reemplace en el futuro), sin necesidad de notificación alguna al Vendedor, prestando éste su consentimiento expreso al momento de la Aceptación.

11.2. Validez – ejercicio de derechos: la invalidez de cualquiera de las disposiciones del Contrato no afectará la validez de las restantes ni del Contrato en su conjunto. La falta o demora en el ejercicio por parte de Mercado Pago de cualquier derecho, facultad, privilegio y/o recurso que tenga en virtud del Contrato, no implicará renuncia, ni espera, ni disminución respecto del mismo, ni de ningún otro derecho. Los derechos, facultades y recursos aquí expuestos no excluyen los conferidos por la ley.

11.3. Notificaciones: serán válidas todas las notificaciones realizadas al Vendedor (i) en la dirección de correo electrónico principal registrada en la Cuenta Mercado Pago o en la Cuenta MercadoLibre de titularidad del Vendedor; y/o (ii) a través de mensajes de texto (SMS) o mensajería instantánea por una aplicación móvil (como, por ejemplo, Whatsapp), al número de celular registrado por el Vendedor en la Cuenta Mercado Pago o en la Cuenta MercadoLibre.

11.4. Aplicación de los Términos y Condiciones de Mercado Pago: a todos los efectos que pudieran corresponder, serán de aplicación los Términos y Condiciones de Uso de Mercado Pago y demás documentos incorporados a ellos, los cuales se facilitan al Vendedora través de los enlaces al sitio correspondiente provistos en caracteres destacados. La Aceptación del Préstamo implica la conformidad de esta circunstancia por parte del Vendedor.

11.5. Costos impositivos: cualquier tasa, contribución o impuesto que graven el Préstamo serán por cuenta del Vendedor. En caso de que el Contrato quedase alcanzado por el impuesto de sellos, el mismo será soportado por el Vendedor.

11.6. Ley aplicable y jurisdicción: el Contrato se regirá por las leyes vigentes en Argentina. La interpretación y/o ejecución del Contrato se someterá a los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

11.7. Requerimientos de información. Mercado Pago se encuentra facultado a requerir del Vendedor toda la información necesaria para dar cumplimiento a las normas del Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) y de la Unidad de Información Financiera (“UIF”) y demás normas que le sean aplicables. En consecuencia, el Vendedor se compromete expresa e irrevocablemente a colaborar con Mercado Pago mediante el suministro de información, la entrega de documentación e informes, así como la provisión de todos aquellos datos que sean necesarios y/o convenientes para que Mercado Pago pueda dar cumplimiento a sus obligaciones.

11.8. Queda establecido que el Vendedor reconoce y acepta la validez de la firma electrónica (en adelante, la “Firma Electrónica”), para acreditar su manifestación de voluntad y tener por probada la integridad del presente Contrato. El Vendedor consiente que la Firma Electrónica tendrá la misma eficacia probatoria y efectos jurídicos que la firma ológrafa y expresa e irrevocablemente renuncia a cualquier tipo de reclamo judicial o extrajudicial que tenga por objeto el rechazo de autoría o integridad del documento.

11.9. El Vendedor acepta otorgarle al presente Contrato el carácter de título ejecutivo en los términos del artículo 523, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

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