Impuesto sobre los Créditos y Débitos para las personas jurídicas

A partir del 1 de agosto de 2021, Mercado Pago debe aplicar el Impuesto sobre los Créditos y Débitos cada vez que entre o salga dinero de las cuentas de personas jurídicas, según el Decreto Nº 301/21. Este impuesto no alcanza a las personas humanas como consumidores finales, monotributistas o autónomos.

 

Cuándo se me aplica el Impuesto sobre los Créditos y Débitos

Si tu cuenta de Mercado Pago corresponde a una persona jurídica, se te aplicará el impuesto en los siguientes casos:

  • Ventas y cobros: con cualquier herramienta y medio de pago.
  • Compras, pagos y envío de dinero a terceros: con dinero en cuenta.
  • Recepción e ingreso de dinero: con cualquier medio de pago.
  • Retiros de dinero en efectivo.

En las operaciones en las que pagues con tarjeta de crédito o débito el impuesto no lo aplicará Mercado Pago sino que lo haría el banco emisor, tal como venía ocurriendo.

No serás alcanzado por el impuesto cuando transfieras dinero entre esta cuenta de Mercado Pago y otra cuenta bancaria o virtual que esté registrada con el mismo CUIT.

 

Cuál es el porcentaje de impuesto que se me descontará

La alícuota del impuesto dependerá del tipo de persona con el que se registró la cuenta de Mercado Pago: 

Tipo de persona

Cobros, pagos y transacciones con terceros

Retiros en efectivo

Depósitos en efectivo

Transferencias entre cuentas propias

Personas jurídicas: grandes y medianas empresas 0,6%  1,2%  0,6%  0%
Personas jurídicas: micro y pequeñas empresas* 0,6%  0%  0%  0%
Personas humanas: consumidores finales, monotributistas y autónomos No aplica

* Se consideran micro y pequeñas empresas a las que estén registradas como tal dentro del padrón del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Por ejemplo, si un tercero envía $1.000 a la cuenta de tu empresa, recibirás $994, porque se te descontarán $6 del impuesto al crédito. Tené en cuenta que el monto final puede variar si además estás alcanzado por otros impuestos.

 

¿Puedo tomar esta retención como crédito para otros impuestos?

Podrás usar una parte del monto retenido como crédito para el pago de Impuesto a las Ganancias, dependiendo de tu condición fiscal.

Tipo de persona jurídica

Porcentaje de la retención que puedes usar

Micro y pequeñas empresas

100%

Empresas medianas tramo 1 - Sector industria

60%

Empresas grandes y medianas

33%

Obras sociales

20%

 

Los primeros días de cada mes calendario tendrás disponible en la sección Retenciones el certificado para usar en la declaración jurada o en el pago anticipado del Impuesto a las Ganancias.

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