Retenciones de IVA y Ganancias sobre mis cobros

Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se aplican retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias en los cobros hechos con medios de pago electrónicos, según la Resolución General 4622, lo que impacta en todos los cobros recibidos en Mercado Pago. 

Como somos agentes de retención, para saber si estás alcanzado o no por ambas retenciones consultamos tu condición fiscal en AFIP. Cuando estás alcanzado, el impuesto se retiene automáticamente en cada uno de tus cobros.


¿Quiénes son alcanzados por estas retenciones?
Los monotributistas y las microempresas están excluidos de estas retenciones.

Si sos responsable inscripto, se te aplicarán retenciones sobre todos tus cobros, dependiendo el medio de pago:

Medio de pago Estaciones de servicio o agentes de retención de IVA Empresas en general
Tarjeta de crédito  1% de IVA  3% de IVA 
1% de Ganancias 1% de Ganancias 
Otros medios de pago  0,5% de IVA 0,5% de Ganancias 
0,5% de Ganancias  0,5% de Ganancias 

 

¿Qué pasa si todavía no estás inscripto en AFIP?
Si no estás inscripto en AFIP y superás el límite de cobros con Mercado Pago libres de retenciones, se te aplicará una retención de 10,5% de IVA y 2% de Ganancias en cada cobro que recibas, hasta que cambies tu condición fiscal:

¿Cómo alcanzás el límite? Retención de IVA Retención de Ganancias
Si cobraste al menos 10 veces en un mes por un monto de $ 200.000 o más 10,5% 2%
Si cobraste al menos 4 veces por mes durante 4 meses consecutivos* por un monto de $ 200.000 o más

*Estos períodos cuatrimestrales son fijos: enero-abril, mayo-agosto, septiembre-diciembre.


¿Qué podés hacer para no tener las retenciones más altas?
Para que no tengas las retenciones más altas y se te apliquen las alícuotas que te corresponden, deberás inscribirte en AFIP. Tené en cuenta que la inscripción en AFIP no es inmediata; puede tardar en verse reflejado en el padrón.

Si necesitás asesoría para inscribirte, nosotros te acercamos gestores 100% digitales para que te acompañen.


Podés tomar las retenciones como saldo para el pago de otros impuestos
Podés tomar estas retenciones como saldo a cuenta para el pago de tus impuestos siempre y cuando estés inscripto en AFIP. Podrás descargar los certificados de retención de tu cuenta de Mercado Pago dentro de los 5 días hábiles del siguiente mes, ingresando en Informes > Retenciones.


Exclusiones
Una exclusión permite que durante un periodo de tiempo determinado no se te apliquen retenciones. Estas exclusiones se obtienen mediante la solicitud de un “certificado de exclusión” ante los fiscos cuando acumulas saldo o crédito fiscal a favor.

No hace falta que nos envíes la documentación de exclusión, porque tomaremos la información de los padrones de AFIP. Podés consultar si tu CUIT figura en algunos de ellos desde acá:

Padrón de exclusión IVA

Padrón de exclusión Ganancias

Tené en cuenta que las exclusiones son temporales y se obtienen mediante la solicitud de un “certificado de exclusión” al fisco que corresponda.


Exenciones
Una exención es un beneficio fiscal que exime a la persona del pago de un impuesto. Por lo general, están asociadas a una actividad económica y tipo de asociación. 

Si ya estás registrado en AFIP como sujeto de IVA o Ganancias exento, no hace falta que nos envíes la documentación de exclusión, porque tomaremos la información de los padrones de AFIP.

Tené en cuenta que, si sos IVA exento, no se te aplica la retención de IVA, pero sí podría aplicársete la de Ganancias. Lo mismo sucederá si estás exento en Ganancias.


Contribuyentes de Tierra del Fuego
Si operás en Tierra del Fuego y tenés una exención o exclusión de IVA, completá tus datos para que dejemos de aplicarte los impuestos. Una vez que nos envíes los datos, tardaremos 2 días hábiles en revisarlos y, cuando te otorguemos la exención o exclusión, esta tendrá vigencia durante 1 año. Pasado ese plazo, deberás volver a completar los datos para que vuelvas a estar exento del impuesto.

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